No es lo mismo descubrir un fallo menor o estético que encontrarse con un problema que compromete la navegación o la conducción.

Si la avería impide pasar la ITV, compromete la flotabilidad o hace peligroso su manejo, el bien no cumple su función básica.

En el ámbito jurídico, esto supera el concepto habitual de simple reparabilidad y se enmarca en la ineptitud funcional.

La jurisprudencia contempla la doctrina del aliud pro alio cuando se entrega algo totalmente distinto o inservible para el fin pactado.

Frente a un fallo grave de seguridad, no estás obligado a aceptar parches o reparaciones parciales.

El comprador puede exigir directamente la resolución del contrato de compraventa.

La resolución implica deshacer la operación: devolver el barco o la autocaravana y recuperar el 100% del dinero pagado.

Requisitos para exigir la resolución y el reembolso completo:

  • Acreditar mediante informe pericial técnico que la gravedad del vicio impide su uso seguro.
  • Demostrar que el defecto ya existía en el momento de la entrega del vehículo o embarcación.
  • Probar que, de haber conocido el estado real y el riesgo, no se habría realizado la compraventa.
  • Notificar formalmente al vendedor solicitando la devolución íntegra del precio y gastos.

El error más frecuente:

Conformarse con intentar reparar repetidamente una avería estructural grave en lugar de exigir la devolución del importe desde el primer momento.

¿Qué haría yo si fuera mi caso?

Inmovilizaría inmediatamente el barco o la autocaravana por motivos de seguridad.

Encargaría de urgencia un dictamen técnico a un perito especializado que certifique el riesgo grave.

Pasos a seguir para instar la devolución:

  • Obtener el informe técnico que confirme la ineptitud funcional del bien.
  • Enviar un burofax al vendedor solicitando la resolución del contrato y el reembolso total.
  • Reclamar, además de la devolución del precio, los gastos derivados como seguro o transporte.

Si el bien compromete la seguridad, la ley ampara la devolución total del dinero frente al incumplimiento grave del vendedor.

Recuerda: Nadie está obligado a quedarse con un bien peligroso o inservible; ante una ineptitud funcional grave, la respuesta jurídica es el reembolso íntegro.

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