Es una situación delicada: has entregado una señal o un primer pago, el contrato está firmado y descubres una avería importante antes de abonar el resto.

La primera reacción del vendedor suele ser exigir el pago completo basándose en lo firmado.

Sin embargo, los contratos de compraventa son obligaciones recíprocas.

El comprador debe pagar el precio, pero el vendedor está obligado a entregar el bien en las condiciones acordadas y libre de vicios ocultos.

En Derecho existe la figura conocida como exceptio non rite adimpleti contractus (excepción de contrato no cumplido adecuadamente).

Esta regla permite a una parte rechazar o pausar el cumplimiento de su obligación mientras la otra no cumpla correctamente la suya.

Requisitos para poder congelar o suspender el pago:

  • Que el fallo detectado sea de cierta entidad y no un mero detalle estético insustancial.
  • Que la avería existiera con anterioridad a la entrega o firma y no fuera comunicada.
  • Notificar por escrito la retención del pago justificando el motivo de forma clara.
  • Guardar proporcionalidad entre el importe retenido y el coste de reparación de la avería.

El error más frecuente:

Pagar la totalidad por miedo a incurrir en un incumplimiento de contrato y tratar de reclamar la devolución del dinero después.

¿Qué haría yo si fuera mi caso?

No abonaría la suma pendiente sin haber dejado constancia formal del problema por escrito.

Enviaría una comunicación burofax aclarando que no rechazo el contrato, sino que pauso el pago hasta que se subsane el defecto.

Pasos recomendados para blindar tu posición:

  • Solicitar un presupuesto o informe en un taller antes de entregar más dinero.
  • Ofrecer al vendedor que repare el fallo antes del pago final o descuente su importe del precio.
  • Manifestar por escrito la voluntad de cumplir el contrato una vez corregido el problema.

Tener el dinero en tu poder te otorga una posición negociadora mucho más sólida y razonable.

Recuerda: Nadie está obligado a pagar la totalidad si la otra parte pretende entregar un bien defectuoso; retener el pago de forma justificada es un mecanismo legal de protección.

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