No. Que un vehículo tenga la ITV al día no invalida ni obstaculiza tu derecho a reclamar por un vicio oculto.
Este es uno de los argumentos defensivos habituales de los vendedores: alegar que si la autocaravana superó la revisión técnica de la administración, se encontraba en perfecto estado. Jurídicamente es una falacia.
El alcance de la ITV frente al vicio oculto
La Inspección Técnica de Vehículos (ITV) es un control administrativo de seguridad vial básica y emisiones. Sus técnicos realizan pruebas superficiales o visuales sin desmontar piezas ni realizar diagnósticos profundos.
Por lo tanto, la ITV no detecta:
- Humedades internas en la celda habitable o filtraciones en la estructura de madera/estanqueidad.
- Fisuras internas en la culata o bloque de motor enmascaradas con aditivos químicos temporales.
- Averías electrónicas intermitentes o fallos en los sistemas de gas y electricidad interior de la zona vivienda.
- Desgastes anómalos en la caja de cambios o transmisiones que solo emergen bajo carga.
Lo que dicen los juzgados
La jurisprudencia aclara sistemáticamente que el informe favorable de la ITV no otorga una fe pública sobre el estado mecánico general del vehículo ni sobre la ausencia de defectos internos en la compraventa.
Recuerda: Tener la ITV pasada certifica que el vehículo puede circular legalmente por vía pública, no que esté libre de averías graves o vicios ocultos en su mecánica o habitáculo.